La ampliación de la hipoteca sólo será gratuita si hay acuerdo entre el cliente y la entidad
Una de las medidas estrella de Solbes contra la crisis económica, aquella que prometía que los ciudadanos podrían ampliar el plazo de sus hipotecas sin coste alguno, se ha quedado en agua de borrajas. Al final, el acuerdo alcanzado con notarios y registradores tiene condiciones y sólo se aplicará si hay un acuerdo previo entre el prestamista y el prestatario. Además, deberá solicitarlo una persona física antes del 22 de abril de 2010 y no podrá alterarse el tipo de interés.
LD (Europa Press) Los ministerios de Economía y Hacienda y Justicia han firmado un acuerdo, con una vigencia de dos años, con representantes del sistema financiero, notarios y registradores, para facilitar la ampliación de los plazos hipotecarios sin coste alguno. Según precisó el vicepresidente Pedro Solbes durante el acto de la firma, esta medida se encuadra dentro del plan de estímulo económico con que el Gobierno pretende "impulsar la economía y proteger a las familias más vulnerables en el actual escenario de desceleración económica".
Según ha dicho Solbes, el acuerdo permitirá la ampliación del plazo de amortización de las hipotecas sin coste alguno "cuando exista acuerdo entre la entidad de crédito y el cliente". Así, las entidades de crédito se comprometerán a que no se cobren comisiones en este tipo de operaciones y los notarios y registradores a que tampoco repercutan los aranceles notariales y registrales.
Además, la Administración General del Estado (AGE) no aplicará el gravamen del Impuesto sobre Actos Jurídico Documentados (AJD) para las escrituras públicas que se refieran a este tipo de operaciones y el Ministerio de Justicia podrá aprobar las normas jurídicas necesarias para asegurar la "adecuada cobertura" del acuerdo.
Una medida con condiciones
El acuerdo firmado no da vía a libre a todos los ciudadanos a alargar sus créditos sin coste. En primer lugar, cualquier persona que quiera beneficiarse de esta medida tendrá hasta el 22 de abril de 2010 para pedir la ampliación del plazo de amortización del préstamo.
El acuerdo será de aplicación siempre sobre la base de un acuerdo previo entre el prestamista y el prestatario, y siempre que el prestatario sea una persona física y el préstamo hipotecario se destine a la adquisición, construcción o rehabilitación de una vivienda habitual.
Además, si junto con la ampliación del plazo se acordasen otras modificaciones del crédito, como la alteración del tipo de interés, la ampliación de capital, etc., el prestatario no podrá beneficiarse de la gratuidad de los costes.
Por otro lado, y con el objeto de facilitar a los ciudadanos información sobre las implicaciones de la ampliación del plazo de amortización del préstamo, así como los trámites que deben seguir para que esta operación se lleve a cabo en los términos convenidos, se ha elaborado una guía informativa a disposición de los ciudadanos en las notarías y registros de la propiedad, así como en las páginas web de los Ministerio de Economía y Hacienda (www.meh.es) y de Justicia (www.mjusticia.es).
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Publicado por VRedondoF para FINANZAS el 4/29/2008 07:13:00 PM