Novedades en las pensiones para 2010
La cuantía ha subido un 1%, pero el incremento se ha anulado por el aumento de las retenciones fiscales
Como cada año, durante los primeros días del mes de enero, los pensionistasreciben en su buzón una carta del Ministerio de Trabajo e Inmigración. Por medio de esta circular, los titulares de la prestación conocen en qué medida crecerá para el nuevo año su pensión y otra serie de detalles que les afectan. Este año, la misiva anunciaba una subida, con carácter general, del 1%. Todo apuntaba a que la primera paga de 2010 sería, al menos, un poco más generosa que la última recibida. Sin embargo, muchos han comprobado con estupor cómo, a pesar de la subida anunciada, el importe de su pensión no sólo no crecía, sino que bajaba. ¿A qué se debe esta circunstancia?
- Por ROSA CUEVAS
- 9 de febrero de 2010
Subida, con matices
- Imagen: Amir Kuckovic -
Las pensiones de jubilación, en su modalidad contributiva, han crecido un 1%. Sin embargo, como novedad para este año, las retenciones que se aplican a las prestaciones también han aumentado. Por este motivo, a pesar de la tímida subida aprobada, los pensionistas han observado que su nómina de enero mermaba entre dos y tres puntos con respecto a las que recibían en el año 2009.
El motivo que explica esta nueva situación se encuentra en la supresión de la deducción de los 400 euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el año 2010. Aunque la medida sigue vigente, de forma gradual, para quienes perciban unas rentas de entre 8.000 y 12.000 euros anuales. Desde su puesta en marcha, según cifras oficiales, más de 15,5 millones de trabajadores por cuenta ajena y pensionistas, además de 850.000 autónomos, se han beneficiado de esta ayuda. Sin embargo, desaparece al incluirse su eliminación en el paquete de medida que el Ejecutivo ha aprobado para reducir el déficit público del país.
La deducción de los 400 euros sigue vigente, de forma gradual, para quienes perciban unas rentas de entre 8.000 y 12.000 euros anuales
Hasta ahora, la famosa deducción de los 400 euros se percibía de forma mensual a través de una reducción de las retenciones practicadas a las nóminas de los trabajadores asalariados y a las pensiones. A partir de enero de 2010, estas cantidades de dinero dejarán de cobrarse. En el caso de los pensionistas, esta nueva circunstancia ha sido particularmente confusa ya que han comprobado que el incremento del 1% quedaba anulado por el aumento del IRPF.
"Castigados" sin compensación
No ocurría desde 1998. Pero, por primera vez en 12 años, los jubilados se tienen que olvidar de la paga de compensación que recibían, de forma habitual ya, en el mes de enero. El sistema de pensiones español establece el pago de éstas en 14 mensualidades al año, pero prevé para ciertos casos otra más. Esta paga extra se abona para compensar la pérdida de poder adquisitivo que los pensionistas sufren cuando la inflación crece por encima de las previsiones iniciales.
Sin embargo, la desviación no se ha producido como tal ya que la tasa deinflación interanual se situó en noviembre, fecha que se toma como referencia para la revalorización de las pensiones, en 0,4%. Un porcentaje por debajo de la previsión oficial del 2%, tomada como base para la subida de las pensiones en 2009.
Esta diferencia real entre la subida de las prestaciones y la bajada de los precios al consumo ha producido, al menos sobre el papel y según los cálculos del Ministerio de Trabajo, un aumento del 1,6% del poder adquisitivo de los pensionistas españoles.
Información y asesoramiento
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), órgano encargado de tramitar y pagar las pensiones de jubilación, pone a disposición de los pensionistas un teléfono gratuito y de ámbito nacional específico para ellos. A través del 900 16 65 65 es posible solicitar información y asesoramiento sobre las últimas revalorizaciones sufridas. Para que las consultas sean más rápidas y efectivas, en el momento de la llamada es recomendable disponer del número de DNI, de los datos de afiliación, y del código de cuenta de cotización (CCC) del titular de la pensión.
El INSS brinda también asistencia presencial a través de su red de centros de atención repartidos por todo el territorio nacional. Se puede consultar dónde se encuentra la oficina más cercana en lapágina web de la Seguridad Social.
Aumento de los mínimos
Las cuantías mínimas de las pensiones de jubilación, en todas sus modalidades, han aumentado entre un 2% y un 4,87%, con respecto a los mínimos del año pasado. Este tipo de prestación varía de importe en función de la edad del titular. Por definición, la pensión es siempre más alta si el solicitante tiene ya 65 años que si la tramita cuando aún no ha cumplido esa edad. Si el titular de la pensión tiene un cónyuge a su cargo en el momento de la tramitación de la prestación, también aumenta la cuantía, tanto si el beneficiario tiene 65 años como si no.
Por primera vez en 12 años, los pensionistas no han recibido la paga de compensación
Pese a esto, de entre todas las modalidades, la cuantía mínima que ha experimentado una mayor subida, cerca del 5%, ha sido la que reciben los jubilados menores de 65 años sin cónyuge a su cargo. En 2009, el mínimo que debían recibir era de 524,28 euros mensuales, mientras que este año la cifra se sitúa en 549,80. En el otro extremo, la pensión mínima que reciben los mayores de 65 que tienen cónyuge, pero no a su cargo, son los menos favorecidos por la subida anual. El porcentaje de incremento es de un 2%. De esta manera, la cuantía mínima ha pasado de los 546,55 euros mensuales a los 557,50.
Incremento de las pensiones mínimas para 2010
Modalidad pensión jubilación | Cuantía mínima 2010 | Cuantía mínima 2009 | Incremento | |
---|---|---|---|---|
Mayores 65 años | ||||
Con cónyuge a cargo | 725,20 Eur | 696,19 Eur | 4,16% | |
Con cónyuge no a cargo | 557,50 Eur | 546,55 Eur | 2,00% | |
Sin cónyuge | 587,80 Eur | 561,55 Eur | 4,67% | |
Menores de 65 años | ||||
Con cónyuge a cargo | 679,70 Eur | 651,63 Eur | 4,31% | |
Con cónyuge no a cargo | 519,50 Eur | 509,28 Eur | 2,01% | |
Sin cónyuge | 549,80 Eur | 524,28 Eur | 4,87% |
Cuantías
CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES | |||
---|---|---|---|---|
JUBILACIÓN CON 65 AÑOS | ||||
Con cónyuge a cargo | 725,20 (696,16) Eur | 10.152,80 Eur | ||
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 587,80 (561,55) Eur | 8.229,20 Eur | ||
Con cónyuge NO a cargo | 557,50 () Eur | 7.805,00 Eur | ||
JUBILACIÓN MENOR DE 65 AÑOS | ||||
Con cónyuge a cargo | 679,70 Eur | 9.515,80 Eur | ||
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 549,80 (524,28) Eur | 7.697,20 Eur | ||
Con cónyuge NO a cargo | 519,50 Eur | 7.273,00 Eur |
--
Publicado por VRedondoF para CS2P2 el 2/12/2010 10:01:00 AM